Condiciones Generales de Contratación — Renting Salvaje
1. Objeto del Contrato
El presente contrato tiene por objeto la puesta a disposición, mediante una cuota periódica, de un vehículo propiedad de Renting Salvaje, junto con los servicios accesoriares pactados (mantenimiento, seguro, asistencia, ITV, etc.), para uso por parte del cliente durante el plazo y condiciones establecidos en el contrato.
2. Ámbito Normativo
El contrato se rige por lo pactado (Código Civil y Código de Comercio), dado que no existe regulación específica del renting; en caso de discrepancia prevalecen las cláusulas particulares sobre las generales.
3. Información Precontractual Obligatoria
Antes de formalizar el contrato, Renting Salvaje proporcionará al cliente un presupuesto sin compromiso que incluirá el precio total con IVA, descripción detallada de servicios incluidos y excluidos (seguros, kilometraje, fianza, etc.), duración, lugar y hora de entrega y devolución, así como los importes de depósitos o franquicias.
4. Cuota, Fianza y Servicios Incluidos
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La cuota mensual incluye seguro a todo riesgo con asistencia en carretera, mantenimiento, reparaciones, neumáticos, ITV y otros servicios pactados.
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Se exigirá una fianza (depósito) al inicio del contrato, que será devuelta al finalizar el mismo, una vez comprobado el estado del vehículo.
5. Obligaciones del Arrendatario
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Pagar puntualmente la cuota y cualquier evento adicional (kilometraje extra, daño, penalización, etc.).
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Utilizar el vehículo con diligencia, conforme al código de circulación y las instrucciones del fabricante —evitando uso negligente o deportivo extremo—.
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No modificar ni intervenir en la configuración técnica o estética del vehículo sin autorización escrita; de hacerlo, asumirá los costes de restauración y posibles indemnizaciones.
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Conducir solo personas autorizadas con permiso válido y edad requerida; queda prohibido transportar menores sin sistema de retención homologado.
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No subarrendar ni usar el vehículo para actividades distintas a las pactadas. Queda vedado empujar o remolcar sin autorización.
6. Seguros y Daños
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El vehículo dispone al menos del seguro obligatorio y, según el acuerdo, coberturas complementarias (daños propios, robo, incendio, etc.).
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El arrendatario responde por daños, pérdida o sustracción del vehículo, así como por deterioro no cubierto por el seguro, conforme a la tarifa vigente.
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En caso de siniestro o robo, deberá comunicarlo y presentar denuncia policial en plazo, facilitando llaves y documentación según lo previsto.
7. Entrega, Devolución y Kilometraje
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El cliente deberá inspeccionar el vehículo al recibirlo; cualquier desperfecto no registrado debe notificarse por escrito antes de su uso.
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La devolución se efectuará en la fecha, hora y lugar acordados; la entrega fuera de plazo puede implicar penalización o sanción, incluso denuncia por uso no autorizado del vehículo.
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Si el cliente desea prolongar el contrato, deberá solicitarlo dentro del plazo acordado y estará sujeto a disponibilidad y tarifas del momento.
8. Penalizaciones y Ajustes
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Penalizaciones por sobrepasar kilometraje, devolver el vehículo tarde o en mal estado. También pueden existir bonificaciones por kilómetros inferiores a los pactados.
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En caso de modificación o anulación de reservas, se aplicarán condiciones específicas. Por ejemplo, la anulación en menos de 12 horas antes de la recogida puede implicar pérdida del importe.
9. Cláusulas Abusivas y Transparencia
Se garantizará que el contenido de estas condiciones generales esté redactado en términos claros, accesibles y sin letra ilegible; en caso de duda, la interpretación favorecerá al cliente adherente.
10. Resolución del Contrato
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El incumplimiento grave (impagos, uso indebido, daño grave, etc.) puede motivar la resolución del contrato, retirando el vehículo sin obligación de reembolso.
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El cliente podrá solicitar la finalización anticipada, aunque podría conllevar penalizaciones estipuladas, como el 50 % de las cuotas pendientes.
11. Resolución de Litigios
El cliente puede acudir a mecanismos de resolución extrajudicial de conflictos (como juntas arbitrales de consumo, Centro Europeo del Consumidor, etc.); si no se resuelve, podrá ejercer su derecho ante la jurisdicción competente.
12. Legislación Aplicable y Jurisdicción
El contrato se rige por la legislación española. En caso de conflicto, las partes se someten a los tribunales según lo establecido en la ley.